Derecho propio: jurisdicción especial indígena en Venezuela
Al estudiar y analizar, desde la visión del campo de los derechos humanos indígenas, como también reconocer el conjunto de asimetrías del poder del Estado ante las culturas, usos, tradiciones de los pueblos indígenas en Venezuela, y hoy ante los innegables avances en nuestra carta fundamental, asimismo las normas sustantivas y supra-legales que vienen a reivindicar más de quinientos veintiún (521) años de exclusión social y política, no podemos quedarnos solo en los conceptos gramaticales de la visión multi-étnica y pluri-cultural, que introduce nuestro constituyente originario, sino que su alcance, defensa y vigencia debe convertirse en letra viva, para que en la praxis diaria y cotidiana la identidad indígena (idioma, vestuario, alimentación, música, religión, culto, territorio, artesanía y practicas económicas tradicionales), no generen vergüenza étnica, y nuestra variada diversidad cultural pueda reconocer la riqueza histórica de nuestra indianés. El encuentro de estos dos (2) continentes(América y Europa), siempre ha pretendido la imposición y dominación cultural, para así lograr desarrollar su “dominación ideológica”, que ayer y hoy es más evidente en las minorías étnicas del país, sin desconocer como la resistencia indígena en el desarrollo constituyente, han hecho grandes aportes doctrinales y ancestrales para lograr la construcción del marco jurídico, filosófico, arqueológico y antropológico, que hoy impulsa la patria, al combatir la discriminación de origen racial, y exclusión social de las políticas del Estado y el Gobierno en ejercicio, lo cual permiten la inversión en los diferentes programas para la defensa y reconocimiento de los diferentes pueblos ancestrales.